Derecho Turístico

¿En qué consiste?

El Área de Derecho Turístico de Buades Legal forma parte del «core business» de la Firma debido a la importancia del turismo en la economía balear y la vinculación que, desde su creación, mantenemos con algunas de las principales empresas y asociaciones empresariales representativas del sector.

¿Cómo se gestiona en nuestro despacho?

Efectuamos un servicio jurídico integral, contando con una amplia experiencia, lo que nos permite realizar un asesoramiento amplio y transversal en las materias que afectan a los distintos operadores económicos que desarrollan su actividad económica en este sector, ya sea en relaciones interempresariales, especialmente en contratación y acuerdos comerciales, como con las Administraciones Públicas y, si resulta preciso, ante los tribunales. Ponemos el foco en el asesoramiento preventivo, anticipándonos a los problemas, con la finalidad de evitar conflictos entre los distintos operadores turísticos o de éstos con sus clientes, proveedores o con la Administración.

Colaboramos estrechamente con las asociaciones empresariales representativas del sector, defendiéndolas en sus ámbitos de actuación.

Debido a la amplitud de la problemática que afecta a la actividad turística, ofrecemos asesoramiento en las diferentes problemáticas (contractual, corporativa, medio ambiental y urbanística, propiedad intelectual, actividades reguladas, etcétera).

Asesoramiento jurídico-técnico en:

  • Contratación entre operadores turísticos.
  • Adquisición, arrendamiento y joint-ventures sobre industrias y establecimientos hoteleros, agencias de viajes, tour operadores, compañías de transportes, negocios de restauración, etc.
  • Contratación para la gestión hotelera.
  • Outsourcing.
  • Relaciones con la Administración, obtención de licencias, autorizaciones, formulación de recursos en sede administrativa y contencioso administrativa.
  • Litigios suscitados por la actividad, adquisiciones, contratación y acuerdos entre operadores.
  • Asesoramiento en materia de responsabilidad civil, consumo y responsabilidad por la prestación del servicio.